Es muy común escuchar sobre denuncias por servicio deficiente de algún proveedor de telecomunicaciones, ya sea telefónia móvil, fija, internet o televisión de paga, de hecho sabemos que Telmex es uno de los que más problemas tiene en este sentido.
Sin embargo, lo que no es común de escuchar es la postura de la Procuraduría Federal del Consumidor, no porque no resuelva los casos que recibe sino más bien porque cada uno tiene un desarrollo diferente y lleva un proceso de resolución distinto. No obstante, ahora la Profeco ha tomado otra postura.
Los consumidores tienen derechos
Derivado de los sismos que sacudieron a Ciudad de México en las semanas pasadas, el órgano gubernamental dice que es válido no hacer los pagos correspondientes a los servicios en caso de deficiencia. Profeco dice que todos los proveedores deben reparar su señal a la brevedad, y en caso de no hacerlo según lo estipulado en el contrato, los usuarios tienen derecho a no realizar el pago e incluso a la cancelación del servicio, aún estando en modalidad de plazo forzoso.
Además, en caso de pasar más de 72 horas, o bien lo estipulado en el contrato, los usuarios que presenten fallas en su servicio de telefonía, tanto móvil como fija, e internet, tienen derecho a una bonificación. Lo mismo aplica para los usuarios de TV de paga, pero con un plazo de 24 horas.
En el caso de situaciones en donde los proveedores pidan el pago por modem o decodificador dañado, el usuario no está obligado a cubrir el gasto. Además, y un detalle muy importante, los prestadores de servicio no pueden exigir la devolución de modem o decodificador si es inviable su recolección por daños a la propiedad. En este caso se debe avisar al proveedor de la situación.
Profeco insta a los consumidores a tener conocimiento de la ‘Carta de Derechos Mínimos de los Usuarios de los Servicios de Telecomunicaciones’, en donde se estipulan todos los beneficios a los que son acreedores los contratistas de estos servicios.